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DOBLE TRAMITE PARA DEDUCIR EL IMPUESTO A LA RENTA
Semillero Futuras CPA el 22-05-2008, 15:23 (UTC)
 Formulario del SRI.

Los trabajadores en relación de dependencia interesados en deducir sus gastos personales para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) deberán presentar en enero y octubre de cada año formularios a su empleador.

A inicios de cada año, informó el Servicio de Rentas Internas (SRI), el contribuyente debe presentar a su patrono dos ejemplares iguales del formulario de declaración de gastos, el cual está en www.sri.gov.ec.

Allí constarán sus gastos proyectados. Mientras que cada octubre tendrá la obligación de entregar un nuevo formulario con el sustento de sus gastos (lo consumido), para que el empleador haga la reliquidación.

En una resolución, el SRI explica cómo deberán proceder los empleadores.

El Servicio de Rentas Internas (SRI), mediante resolución expedida el 15 de mayo, detalló el procedimiento para la deducción de gastos personales para el cálculo del Impuesto a la Renta (IR) de los trabajadores en relación de dependencia.

Según el documento, los contribuyentes interesados en bajar su IR deben presentar a su empleador, en dos ejemplares iguales, su proyección de gastos deducibles (alimentación, vivienda, salud, educación y vestimenta). Es decir que entregarán dos formularios iguales (disponible en www.sri.gov.ec).

El empleador recibirá ambos y devolverá uno al empleado indicando el lugar y fecha de recepción, con la firma y rúbrica de la persona que lo reciba y “no tendrá ninguna responsabilidad sobre la información que presenten sus empleados”.

Hecho esto, la empresa hará la retención del IR de sus trabajadores en forma mensual.

Para el efecto, sumará todas las remuneraciones proyectadas para el ejercicio fiscal, excepto la decimotercera y decimocuarta, y deducirá los valores a pagar por aporte al IESS y los gastos proyectados.

Sobre la base imponible obtenida se aplicará la tarifa de la tabla de IR vigente en la Ley, y ese resultado se dividirá por 12 para determinar la alícuota mensual a retener por IR.

En enero de cada año, explicó Johnny Alcívar, jefe regional de planificación del SRI, el empleado que quiera acogerse al beneficio debe presentar su proyección de gastos a su patrono; luego, según la resolución, está obligado a presentar en octubre de cada año un nuevo documento de sustento de gastos con el cual el empleador reliquidará el IR proyectado.

Si en el transcurso del ejercicio fiscal se dan cambios en las remuneraciones, el empleador hará la correspondiente reliquidación para las futuras retenciones; y si el empleado considera que su proyección de gastos será diferente a la presentada, dará un nuevo formulario (esto antes de octubre).

Será obligación del empleador conservar este documento por al menos siete años, y del empleado, en igual periodo, los comprobantes de venta que los sustenten, dice.

APUNTES: Ejercicio Fiscal 2008

Documentos
Para el ejercicio fiscal 2008, el formulario de proyección de gastos personales se puede presentar desde ahora.

Reliquidación
Los empleadores procederán a reliquidar el IR proyectado y al ajuste de las retenciones futuras. Ante retenciones de más, el empleado pedirá devolución al Estado al final del ejercicio económico.
 

Factura del alquiler es un requisito clave para deducir impuestos
Semillero Futuras CPA el 14-05-2008, 10:59 (UTC)
 Personas naturales deben sustentar sus gastos de vivienda con comprobantes de venta legalizados.

Si usted es de los que paga alquiler por vivienda y no recibe comprobantes por esta transacción, de ahora en adelante tendrá que exigirlos si quiere que este gasto personal sea considerado para deducirlo de su Impuesto a la Renta (IR).

El reglamento de aplicación de la Ley de Equidad Tributaria, expedido por el Servicio de Rentas Internas (SRI) la semana anterior, establece que las personas naturales deben sustentar estos egresos con facturas y otros documentos autorizados por la entidad.

Dentro de los gastos de vivienda, además del arriendo, están los impuestos prediales que se pagan por un único inmueble usado para habitar, así como los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones financieras.

Para lo último, se debe pedir un certificado al banco, en donde consten estos rubros.

De este ejercicio, explica Nicolás Issa Wagner, director del SRI en el Litoral, se beneficiarán tres grupos: quienes pagan alquiler cada mes, los que cancelan un crédito por casa propia, y los propietarios de inmuebles usados para vivienda.

En el segundo caso, sin embargo, el reglamento especifica claramente que la deducción solo se hará sobre los intereses, y no sobre el capital o cuota fija mensual. No hay especificaciones sobre los intereses por mora, pero a criterio del organismo tributario, al no estar contemplado expresamente se podrían tomar en cuenta.

Dentro de este rubro se incluirán los créditos concedidos por entidades financieras (autorizadas por la Superintendencia de Bancos), destinados a ampliar, remodelar, restaurar, adquirir o construir una única vivienda.

Los soportes para hacer la respectiva declaración y deducción son los comprobantes de venta (facturas, notas de venta, entre otros autorizados por el SRI); la planilla del pago predial, y los débitos en estados de cuenta o libretas de ahorro, acompañados de un certificado de la institución financiera en el que se desglosen los intereses.

Con ello, destaca el SRI, los arrendatarios no solo deben dar facturas, sino que están obligados a llevar contabilidad.

Para las personas naturales que trabajan bajo relación de dependencia y a quienes su empleador hace retenciones de IR cada mes, el SRI expedirá un formulario electrónico en donde cada trabajador especificará sus gastos anuales (reales y proyectados) de vivienda, así como de alimentación, salud, educación y vestimenta contemplados en el reglamento, los cuales serán considerados para que la retención sea inferior.

Esto significa que Iván Reyes, quien trabaja para una empresa y paga hace tres años un préstamo por su casa, deberá pedirle al banco que le financia el crédito, un certificado donde consten los intereses pagados desde enero del 2008 hasta la fecha, así como el cálculo de lo que cancelará mes a mes hasta diciembre por ese concepto, y proporcionar esta información al área de Recursos Humanos.

El responsable de la veracidad de esa información será el trabajador, no su patrono, sostiene el funcionario.

La disposición legal establece que las personas naturales podrán deducir IR, hasta en el 50% del total de sus ingresos gravados. Se entiende por gravados los que están sobre la base imponible: $ 7.850 al año; también dice que las deducciones no excederán de $ 10.205.

En términos didácticos, es así: Una persona con ingresos anuales de $ 12.000, que pague al año $ 3.900 en alquiler, y aporte $ 1.122 al IESS (9,35%), sumará gastos por $ 5.022. Al restar esto de los $ 12.000, tendrá como resultado $ 6.978, y como está por debajo de la base imponible, no pagará IR.

En cambio, una persona con ingresos anuales de $ 15.000, que gaste los mismos $ 3.900 en alquiler, y aporte $ 1.402 al IESS (9,35%), sumará $ 5.302 en gastos. Esta cantidad, restada a los $ 15.000, sería igual a $ 9.698, y sobre ese valor se le calculará el pago del IR, de acuerdo a la tabla vigente para este año.
 

Se aclara el proceso para deducir sus Impuestos
Semillero Futuras CPA el 11-05-2008, 14:03 (UTC)
 SRI trabaja en los formularios que se usarán para las deducciones del impuesto a la renta.

El valor de todo alimento y toda medicina podrá ser deducido para el pago del impuesto a la renta (IR). Para ello los clientes (personas naturales) deben guardar esas facturas, y la de los otros tres rubros que definió el reglamento de la Ley de Equidad Tributaria, aprobado esta semana.

Los documentos deben tener el nombre del consumidor, que tiene la potestad de pedir a los supermercados o farmacias que impriman su nombre en el tique, sostuvo Cristian Viteri, asesor de la Regional del Litoral del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Y es que usualmente en esos establecimientos dichos comprobantes solo salen con el nombre si se cancela con las tarjetas de afiliación. De lo contrario se imprime como consumidor final. Otro inconveniente es que en el papel de los tiques (tipo fax) la tinta no dura legible mucho tiempo. En esos casos se deberá sacar fotocopia de la original, pues todas las facturas se deberán guardar durante este año, para realizar la declaración el siguiente.

Los otros gastos personales que se podrán deducir son los de vivienda, educación (no se incluye el pago del transporte escolar) y de salud.

En este último rubro estará permitido aplicar para la deducción el porcentaje que no cubren las empresas de salud prepagada, que en algunas es del 20%.

El reglamento que consta de 259 artículos está publicado en la web www.sri.gov.ec, donde también se instalará un formulario para que las personas con relación de dependencia informen a sus empresas los gastos mensuales que tienen para que los empleadores tomen en cuenta esos valores para realizar los descuentos mensuales del impuesto. Al final del año se hace una declaración para que coincidan los valores.

Desde enero del 2003, todos los locales comerciales, tiendas, supermercados, arrendatarios y otros actores comerciales están obligados a emitirlos, según el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención.

Para las deducciones son válidas las notas de venta, facturas, las notas de crédito, las de débito, los boletos aéreos, los documentos de aduanas, de las máquinas registradoras y todos aquellos papeles que tengan el RUC respectivo. Si una persona quiere beneficiarse de las deducciones del IR solo deberá comprobar sus gastos.

DEDUCCIONES: Impuesto a la renta

Alimentos
Las compras de todos los productos para el consumo humano, ya sea en estado natural o preparado. También se incluyen los consumos en restaurantes.

Facturas
Se aceptarán facturas desde el 1 de enero del 2008, a nombre del contribuyente, cónyuge o conviviente, o hijos menores de edad.

Monto
Si una persona gana $ 9.000 al año, puede presentar facturas por el 50% de sus ingresos: $ 4.500. La base imponible sobre la cual se paga el impuesto es $ 7.850.
 

Precios de Transferencia
Semillero Futuras CPA el 11-05-2008, 13:53 (UTC)
 El 25 de Abril del 2008 en el Registro Oficial 324, fue publicada la Resolución NAC-DGER2008-0464 del Servicio de Rentas Internas, la misma que regula la presentacion de Anexo e Informe de Precios de Transferencia.

Mediante esta Resolución todas aquellas empresas que realicen transacciones por un monto acumulado superior a un millón de dólares deberán presentar al SRI e Anexo Transaccional y aquellos que superen los cinco millones de dólares están en la obligación de presentar además del Anexo el Informe Integral de Precios de Transferencia.

En cuanto a la presentación de el Anexo y el Informe Integral el Servicio de Rentas Internas tiene la ficha técnica y los requisitos en su pagina web www.sri.gov.ec.
 

Crece recaudación de Impuestos
Semillero Futuras CPA el 11-05-2008, 13:43 (UTC)
 La recaudación neta de impuestos en Ecuador subió un 32,7 por ciento en marzo a 441,7 millones de dólares comparado con el mismo mes del año anterior, informó el martes el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Los ingresos netos por impuestos, excluidas las notas de créditos y compensaciones a contribuyentes, habían alcanzado a 332,8 millones de dólares en marzo del 2007.

El Impuesto a la Renta representó en el tercer mes del año ingresos por 145,5 millones de dólares, en comparación con los 88 millones de dólares registrados en el mismo mes del año anterior.
 

La Asamblea tiene las Reformas de Ley Tributaria
Semillero Futuras CPA el 04-05-2008, 20:28 (UTC)
 
El Gobierno quiere modificar 13 artículos de la Ley de Equidad Tributaria, aprobada por la Asamblea en diciembre del año pasado. Ese era uno de los pedidos de los empresarios, que habían pedido cambios en la normativa.

A inicios de este año se habló sobre la posibilidad de reformar la Ley, lo cual fue planteado en enero al presidente Rafael Correa, en una reunión con los empresarios.

Antes de que se firme el reglamento de la Ley de Equidad Tributaria, el Gobierno decidió presentar los cambios. El director del Servicio de Rentas Internas (SRI), Carlos Marx Carrasco, señaló que los dos cuerpos (la reforma y el reglamento) no están encadenados.

Además, se establecen exenciones del pago del Impuesto a la Renta (IR) para los ingresos de los funcionarios públicos que hayan terminado sus relaciones laborales.

En la Reforma se corrigen algunos errores, por ejemplo, en el artículo 36 se denomina ‘fracción exenta’, cuando debe decir fracción excedente.

En el documento reformatorio se aclara, además, que los intereses y costos financieros de créditos externos y pagos por arrendamiento mercantil serán deducibles de la base imponible del IR. Aunque serán susceptibles de retención en la fuente.

También se da un espacio para las interpretaciones. En el artículo 9 de la Ley de Equidad Tributaria se señala que las inversiones de Transelectric son ingresos del Estado. Es decir están exentos del pago del Impuesto a la Renta.

El asambleísta Diego Borja señaló que “con los cambios practicados en las sanciones y la penalización de los delitos tributarios se dejó indefenso al empresario”. Según él, los empresarios no contarán con los recursos necesarios para plantear una queja al SRI.

Según las reformas al Código Tributario, para impugnar un acto determinativo se deberá depositar el 10% de la cuantía de la acción, previamente se debe cancelar el total de los impuestos.

“Si se impugna el pago de impuestos, igual el empresario deberá pagarlos para seguir la acción y esperar que se le devuelva los recursos después”, señaló Aspiazu.

En la reforma planteada por el Ejecutivo se impulsa cambios en el tema de las multas. Se establece la condonación de intereses de mora, multas y recargos contenidos en títulos de crédito.
 

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